Los Reyes Católicos. El nuevo Estado
La unión personal de las dos grandes coronas peninsulares, realizada mediante el matrimonio de Fernando II de Aragón e Isabel Iª de Castilla, no supone el nacimiento de un solo y único gran estado peninsular; pero sí de una entidad nacional en gestación llamada a tener un enorme peso específico en la Europa de su época. Los monarcas no fundieron las Instituciones de ambos reinos, por lo que pervivieron las diferencias hasta épocas posteriores.
Las dos piezas de la monarquía católica fueron gobernadas independientemente, aunque la Corona aragonesa ve como empieza su disolución institucional en lo castellano.
-Antecedentes económicos:
La economía peninsular llegó a una verdadera catástrofe con la llamada peste de mediados del siglo XIV. Originada en Crimea en el 1.347, llega hasta la Península al año siguiente y, desde aquí, a Europa en el 1.350, donde la población descendió un 50%. Las consecuencias económicas fueron Inmediatas:
- Se despoblaron los campos.
- Se abandonaron los cultivos.
- Aumentó el hambre (debilidad y baja la natalidad...)
Al disminuir las rentas reales, se aumentaron los Impuestos, lo que descapitalizó más aun al país.
En Castilla, durante los siglos XIV y XV, las viejas familias nobiliarias fueron sustituidas por nuevos linajes (en un intento de "controlarlas"), se creó una nobleza adicta al sistema, al que le debe todo, y que va absorbiendo a los viejos linajes.
Tanto en Castilla como en Aragón la situación campesina creó violentos enfrentamientos, los más conocidos fueron:
- Movimientos de payeses de remensa en Catalunya.
- Levantamientos de los hermandiños en Galicia.
- Revuelta foránea en Mallorca.
Las tres tienen los mismos protagonistas: luchas entre nobles, campesinos y poder real, e iguales causas: abusos de los señores sobre los campesinos e intento de atraerse a los campesinos por parte del poder real.
Dentro del nuevo territorio cristiano queda una minoría socio-religiosa: los moriscos, grupo híbrido cristiano-musulmán de muy curiosas costumbres y religiosidad, que, en el momento en que la Inquisición comience a funcionar, en el caso andaluz, se cebará en ellos, encontrando motivos para todo tipo de encausamientos inquisitoriales. Rechazados por los cristianos, que no los consideran auténticos, mantendrán unos usos y costumbres diferenciados del resto de la población cristiana -honraban grandemente a los ancianos (consejos de éstos regían las comunidades), celebraban con gran boato fiestas como el bautismo, la circuncisión, bodas y muertes en las que se mezclaban, cuando no yuxtaponían, los ritos de origen musulmán y/o cristiano con otros de "extraña procedencia". También en el atuendo mostraron claras diferencias hasta la promulgación de las prohibiciones
Las principales diferencias eran: no beber vino, no consumir carne de cerdo ni de animales no desangrados previamente. Pero las dos grandes diferencias visibles eran el traje (de inspiración musulmana) y la lengua (algarabía.
La conversión forzosa al cristianismo cristalizó en un radicalización e interiorización de las costumbres, dando lugar a una minoría muy especial, ni cristiana del todo ni islámica plenamente; tan sólo moriscos.
Estructuras políticas.-
El cambio de las estructuras políticas durante el nuevo estado de los Reyes Católicos puede ser Interpretado como un cambio generacional en el poder, mientras que al sistema creado hay que considerarla como la imposición de esquemas Incubados durante el periodo anterior. .
La monarquía de los Reyes Católicos es supranacional, no Imperial. Hay una centralización del poder en Castilla, quedando el resto de las piezas como asociadas mediante él sistema de Consejos que podían ser de dos tipos: administrativos y geográficos; todos ellos bajo la supervisión del Consejo Real de Castilla.
La unión de los dos reinos no fue institucional, sólo, de sus dos cabezas rectoras. Castilla se convierte en el centro del poder, produciéndose una castellanización, lo que provoca una tendencia de los aragoneses a no participar en las cuestiones castellanas.
Para llevar a cabo su política centralista, las Cortes de Castilla fueran reducidas en sus atribuciones, no sucediendo Igual en Aragón, donde, a pesar de todo, quedaron debilitadas. El instrumento esencial de este gobierno fueran los Consejos reforzándose el Consejo Real de Castilla, junto al que aparecieron otros como el de Inquisición, el de Aragón 1551, etc.
Desde el punto de vista legislativo, Castilla verá la publicación de las Reales Ordenanzas La Hacienda fue reorganizada para incrementar los Ingresos de la Corona, realizándose el primer censo aumentaron así las rentas de la Corona, aunque el peso fiscal seguirá recayendo sobre los pecheros Los impuestos recaudados en Castilla eran diferentes en cuantía y especificación de los aragoneses.
El Gobierno de la Monarquía
El monarca gobierna desde la Corte ayudado por los Consejos, cuya burocracia estaba formada por funcionarios elegidos tras un minucioso sistema selectivo. Como organismos generales encontramos a la Santa Hermandad (tenia como función el mantenimiento del orden interno del país, en especial el de los caminos), el Tribunal del Santo Oficio (Inquisición) y el Consejo Real. Había otros Consejos; pero no actuaban ya indistintamente sobre los dos reinos, eran el Consejo de Aragón, el de Navarra, el de Italia, etc; eran los, encargados de armonizar la administración central y la territorial. En la corona aragonesa, la figura del virrey adquiere toda su función ante la ausencia continuada del monarca, que reside en Castilla.
Para nombrar a consejeros, delegados, gobernadores, presidentes de Audiencias etc., se les sometía a un minucioso examen, que pasaba incluso por una investigación de su pasado en su localidad de residencia, en busca de posibles irregularidades.
El Consejo Real tenía, como competencias, facultades legislativas, ejecutivas y Judiciales (es el auténtico centro de poder). Estaba compuesto por un prelado, tres caballeros y ocho o nueve letrados. Se reunía diariamente en otoño-invierno y cada 7 6 10 días, en primavera-verano. El Consejo Real actuaba como árbitro entre los otros consejos. En el siglo XVI se desdoblará en varios consejos nuevos (Hacienda, Estado, Indias.
Un tercio de las tierras castellanas estaba bajo la administración directa de la monarquía, en esta porción territorial es en la que el Corregidor juega un importante papel en el proceso centralizador de los Reyes Católicas, al ser un representante real con funciones Judiciales y gubernativas. Los corregidores eran nombrados anualmente a través del Consejo Real. Podemos distinguir dos tipos de corregidores:
* Corregidores Mayores los que actuaban en las ciudades con voto a Cortes y sobre grandes extensiones geográficas.
* Corregidores Menores los encargados militarmente de las fronteras y que actúan sobre ámbitos urbanos menores sin voto en Cortes.
Para la Administración de Justicia, el organigrama era el siguiente:
Audiencias y Chancillerías.
Corregidores.
Alcaldes
Para las tierras bajo la administración de las Ordenes Militares y de la nobleza el ejercicio de la Justicia era diferente. Los señores, con señorío pleno, elegían a los jueces. Los Alcaldes de villa y Corte eran ambulantes y tenían jurisdicción solamente en el lugar donde se encontraba el Rey.
Los municipios fueron surgiendo en Castilla según la reconquista avanzaba; la estructura que éstos tomaron varió según el modo de crearlos y las bases jurídicas de que se les dotó (Cartas pueblas).
Las Cortes de Castilla
Si bien en un principio reunían a nobleza, clero y representantes de la oligarquía urbana, los Reyes Católicos aprovechando que se podía convocar a Cortes a un solo estamento, poca a poco van convocando sólo a representantes urbanos, a los que se ha ido convirtiendo en una nobleza adicta al sistema. Cada ciudad con derecho a representación tiene dos procuradores. Son dieciséis las ciudades con derecho a representación (una más tras la toma de Granada). Las ciudades no tienen privilegios en Cortes. Tiene como atribuciones:
Votación de los subsidios.
Juramentación del heredero.
Presentación de peticiones
El Aragón de Fernando el católico
Las viejas estructuras tradicionales experimentan un auge ante la ausencia del rey, que desde Castilla reformó el Consell del Cent, dando entrada en él a la burguesía y a los trabajadores. También Valencia, en el Consejo General, da cabida a la intervención popular.
La Actuación política de los Reyes Católicos. Isabel y Fernando practicaron una política internacional catalogada de matrimonialista basada en establecer lazos familiares con las demás casas europeas.
Portugal (Casa de Avis): Isabel y María
Borgoña (Casa de Austria):Juan
Francia (Casa de Austria):Juana la loca
Inglaterra (Casa de Tudor): Catalina.
La Castilla de Isabel vio expandirse sus territorios con la Incorporación del Reino de Granada (y por tanto, el final de la "reconquista") en 1492, la incorporación de Canarias y de los territorios de las Indias; pero habrán nuevas anexiones castellanas, aunque serán realizadas, tras la muerte de la reina, por el regente: Fernando el Católico. No existió ninguna reglamentación sobre la sucesión al trono hasta Carlos 1, de ahí la importancia del testamento de Isabel, que recogía la sucesión en su hija Juana (bajo la supervivencia de Fernando); ante la ausencia, Fernando toma la regencia, la primera de las que realice.
1ª Regencia de Fernando (1.504-06 ): la actitud de la nobleza castellana (recelosa por la gobernación de un rey extranjero) y las hostigaciones de Felipe el Hermoso le hicieran retirarse a Aragón y firmar un tratado con Francia, fruto del cual fue su segundo matrimonio, con Germana de Foix (algunos autores relacionan este hecho del segundo matrimonio y de la preparación de un heredera distinto para Aragón con la idea de un arrepentimiento respecto de la unión con Castilla) de haber existido descendencia de este segundo matrimonio, los destinos de Castilla y Aragón se habrían separado irremisiblemente. Este segundo matrimonio precipitó la coronación de Juana y Felipe como reyes de Castilla; pero, la pronta muerte de Felipe y la "locura" de Juana, obligaron a Fernando a volver a la regencia castellana. El intervalo fue controlado por el Cardenal Cisneros.
Reinado de Felipe y Juana: La figura del nuevo rey, Felipe I de Castilla, se identifica (por maniobras políticas) coma propiciador del feudalismo, lo que le vale las simpatías de la vieja nobleza castellana, que desde tiempo atrás tiene estas aspiraciones de revivir un pasado que nunca acabó de existir. Paralelamente, Felipe deja muy claro que no tiene el más mínimo Interés por los asuntos de los territorios de su mujer y que él va a gobernar. El buen papel internacional de Fernando va a quedar dañado por una "campaña de opinión" orquestada por Felipe, que se ve obligado a soportar un control por parte de Fernando, nombrado Gobernador Perpetuo.
Con Felipe, todos los males que Isabel alejó de Castilla regresan: prepotencia nobiliar, disminución de la autoridad real, abusos de los extranjeros que acompañan a Felipe... Sólo tuvo como positivo el acorralamiento a la Inquisición. Persiguió en todo momento la reclusión, por locura, de su esposa. Tras su muerte (envenenamiento a peste) y ante la incapacidad de Juana, las Cortes castellanas llaman a Fernando para que retome la regencia.
2ª Regencia de Fernando (1507-16): Las costas del Norte de África son objetivo estratégico para Fernando, que con efectivos castellanos, intenta alejar un peligro, el de los piratas berberiscos de las costas mediterráneas (Las castas más dañadas eran las aragonesas, por lo que la empresa norteafricana es vista por los castellanos cono no enteramente beneficiosa). Navarra pasa a ser integrada en Castilla, aunque Fernando tenía ascendentes sobre Navarra en base a parentescos por línea paterna, invoca como base jurídica la regencia de Castilla, lo que no deja de ser sorprendente En contra de lo que parece, Castilla durante este periodo vive momentos de "baja forma", ya que unas malas coyunturas climáticas han creado malas situaciones demográficas, algunos cronistas hablan de una mortandad que redujo la población en un 50%.
A la muerte de Fernando se vuelve a abrir la cuestión sucesoria ya que existen dos príncipes varones, ambos hijos de Juana La Loca :
Carlos (primogénito, que ya heredó a su padre).
Fernando.
Si bien Fernando el Católico había educado y preparado a su nieto Fernando para hacerse cargo de los reinos aragoneses (primer testamento de Fernando el Católico), parecía un deshonor que, mientras Carlos fuera nombrado rey de Castilla y mantenía pretensiones al Sacro Imperio, no obtuviera Aragón, por lo que el segundo Testamento del Católico llevó a Carlos al trono aragonés y al castellano, mientras que por pacto los hermanos canjeaban Aragón por Austria. Es el principio de la doble Casa de Austria y el establecimiento de una línea sucesoria estable en los dos reinos peninsulares, la comenzada por Carlos I Habsburgo.
Apéndice a "Reyes Católicos"
Isabel 1.451-1.504 Fernando 1.452-1.516 Boda de Fernando e Isabel 1.469
Coronación de Isabel 1.474 Coronación de Fernando 1.479 Inquisición (en Castilla) 1.478
Inquisición (en Aragón) 1.485 Toma de Granada 1.492 Descubrimiento de América 1.492
1ª Gramática castellana.(Nebrija).1.492 Expulsión de judíos 1.492 Título de RRCC 1.496
Muerte de Isabel 1.504 Primera Regencia de Fernando 1.504-05 Primera Reg. Cardenal Cisneros 1.505 (meses)
Reinado de Felipe y Juana 1.506 (varios meses) Segunda regencia de Fernando 1.507-16 Campañas en Norte África 1.509-11
Anexión di Navarra 1.512 Muerte Fernando el Católica 1.516 Segunda Reg.Cisneros (interregno)1.516-17
Coronación de Carlos 1.517 (llega en el 1.518)
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